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El PP recurre la Ley del aborto

RECURSO ANTE EL
CONSTITUCIONAL
El PP
recurre la Ley del aborto

El Partido Popular ha presentado ante el Tribunal
Constitucional el recurso de inconstitucionalidad contra la ley de la
interrupción voluntaria del embarazo y pide su suspensión
cautelar porque "no goza de presunción de constitucionalidad",
señalan.

Federico Trillo, Sandra Moneo y Santiago Cervera a su llegada al Tribunal Constitucional

El recurso impugna por inconstitucionales ocho preceptos de la ley (arts. 5.1.e, 8 in limine y letras a y b, 12, 13.4, 14, 15 letras a, b y c, 17.2 y 5, 19.2 párrafo primero) y la Disposición Final segunda.

(MADRID, 02/06/2010) "Absolutamente contraria a la doctrina del Tribunal Constitucional", así califican los diputados recurrentes a la nueva regulación aprobada a finales de febrero de este año, y cuya entrada en vigor está prevista para finales de este mes de Junio, algo que el PP intentará impedir.

"Estamos por lo tanto ante el reconocimiento de un derecho al aborto libre hasta la semana decimocuarta de embarazo, lo que resulta incompatible con el art.15 de la Constitución Española que reconoce que todos tienen derecho a la vida", argumentan.

Aborto de menores y limitaciones a la objeción de conciencia

Además de los plazos, otros aspectos que impugna el recurso por considerarlos inconstitucionales, son la posibilidad de que menores de 18 años y mayores 16 años – "sin el consentimiento y en ocasiones sin el conocimiento de sus padres o tutores" – y las limitaciones a la objeción de conciencia del personal sanitario, "al limitarse sólo a parte del personal sanitario y exigir requisitos que limitan su ejercicio".

Por último, se recurre la obligación de enseñar las materias relativas a la salud sexual y reproductiva desde una perspectiva ideológica de género, así como el que se obligue a la práctica clínica de abortos.

Suspensión de la aplicación

El recurso pide, además, que se suspenda la aplicación de los preceptos impugnados hasta que no se resuelva el recurso de inconstitucionalidad, cuya tramitación se pide que sea preferente. El PP justifica la suspensión porque la aplicación de las normas recurridas generaría perjuicios irreparables evidentes, al tratarse de vidas humanas cuya eliminación sería irremediable si al final se declaran inconstitucionales los preceptos que sirvieron de base al aborto.

Al mismo tiempo, se afirma que la nueva ley no goza, como ocurre normalmente, de la presunción de constitucionalidad, dado que se sitúa manifiestamente contra la doctrina ya sentada por el Tribunal Constitucional, por lo que está justificada su suspensión.

Informa el PP de que, el equipo de trabajo ha estado coordinado por Federico Trillo Figueroa, que ha contado con la colaboración de Fernando Díez Moreno, Doctor en Derecho y Abogado del Estado, ambos redactores del recurso de Coalición Popular contra la primera Ley del aborto que dio lugar a la Sentencia de 1985. La ponente de la tramitación en el Congreso, Sandra Moneo, el Senador Luis Peral y Santiago Cervera, miembro de la Dirección del Grupo Parlamentario Popular. Se ha contado también con el criterio y asesoramiento de Benigno Blanco, Presidente del Foro de la Familia y tomando por base los dictámenes de varios catedráticos de Universidad.

Cuestionada por inconstitucional desde el principio

El coordinador de Justicia del Partido Popular, Federico Trillo, declaró que "la legalización del aborto sin ningún motivo, es decir, el aborto libre en la primeras catorce semanas del embarazo, nos parece contrario al derecho a la vida tal y como lo ha interpretado el Tribunal Constitucional desde sus comienzos". Trillo hacía estas declaraciones durante la presentación del recurso en el Registro de la sede del TC.

La Ley de Reproducción Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (también conocida como "Ley de Plazos") es un proyecto del Gobierno, impulsado por el Ministerio de Igualdad, que desde el principio fue objeto de polémica y, cuyas discusiones en el hemiciclo, también tuvieron sus réplicas en la calle.

Desde el principio, la inconstitucionalidad del proyecto fue planteada, ya que la doctrina del Tribunal Constitucional en cuanto a la protección de la vida del nasciturus parecía insalvable. No obstante, el proyecto pudo proseguir su tramitación parlamentaria gracias a la recomendación del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado, que no consideraron inconstitucional el proyecto de Ley.

Finalmente la Ley fue aprobada por 184 votos a favor y 158 en contra en el Congreso de los Diputados (con una abstención de una diputada de CIU), y por 132 votos a favor, 126 en contra y una abstención, en el Pleno del Senado.

Ahora será el momento de que el Tribunal Constitucional tenga la última palabra en cuanto a si esta Ley, que sigue sin caber en la conciencia de muchos ciudadanos españoles, tiene al menos cabida en el marco de la Constitución, o si también la excede.

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PP.es| Redacción: Noticias FEREDE

 

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