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CASTILLA LA MANCHA: Los colegios concertados no pueden negarse a admitir por razón de sexo

Domingo, 19-04-09 | EFE, TOLEDO. En Castilla-La Mancha ningún centro educativo sostenido con fondos públicos puede negarse a escolarizar juntos a niños y niñas, en virtud de un decreto aprobado por dicha comunidad en marzo de 2004, que fue recurrido por la Confederación Española de Centros de Enseñanza (Cece).

Se trata del Decreto 22/2004, de 2 de marzo de 2004, que establece que, «en ningún caso, habrá discriminación en la admisión del alumnado por razones ideológicas, religiosas, morales, sociales, de sexo u orientación sexual, de raza o de nacimiento», según han informado fuentes de la Consejería de Educación y Ciencia.

Dicha disposición -similar al artículo 84.3 de la Ley Orgánica de Educación de 2006 que actualmente regula los conciertos- fue recurrida ante los tribunales por la Confederación Española de Centros de Enseñanza, por entender que suponía una infracción de normas de rango superior. En una primera instancia, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Ma ncha estimó parcialmente este recurso, ante lo que la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla-La Mancha planteó recurso de casación ante el Tribunal Supremo que, en fallo de 16 de abril de 2008, estimó la casación y desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la CECE.

Dicha organización tiene seis centros concertados en Castilla-La Mancha (cuatro de ellos en Ciudad Real, uno en Guadalajara y otro en Toledo), que bajo la denominación específica «Escuelas de Formación Agraria» imparten básicamente FP.

Estos centros reconocen que, «ante la observancia e inspección de la administración», cumplen la normativa vigente «no rechazando a ningún alumno por razones de sexo», aunque es conocida su postura a favor de una «educación diferenciada» entre chicos y chicas. Consciente de ello, la Consejería ha introducido en la resolución del concierto educativo con CECE cláusulas sobre la obligatoriedad de no discriminación por razón de sexo en el proceso de admisión, dado que su voluntad es que dicho extremo se observe «de manera inequívoca» y que se dé la mayor difusión de él a toda la comunidad educativa.

Además, advierte de que, en el supuesto de no observarse la norma, actuará «de manera inmediata instruyendo el correspondiente expediente, que podría desembocar en la extinción del concierto a los centros que apliquen la educación diferenciada».

ABC.es

 

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