(Máximo García Ruiz, 17/06/2026) | La Reforma protestante del siglo XVI hizo bandera de las cinco “solas” que resumían el núcleo central de su teología: sola Scriptura, sola Fide, sola Gratia, solus Cristo, solo gloria a Dios. Todo lo que hubiera ido añadiéndose fuera de ese conjunto de doctrinas básicas, debía quedar sujeto a sospecha y revisión, según el criterio de los reformadores.
Entre las diversas manifestaciones de la Iglesia histórica, que con el paso del tiempo fueron incorporándose a su corpus doctrinal, se registran multitud de doctrinas y ritos ajenos al legado de la iglesia apostólica y conciliar, amparados por un principio de autoridad denominado Tradición, un término que significa transmisión, es decir, hace referencia a un depósito que por lo regular no está escrito previamente.
Por decirlo en pocas palabras, ese fue el caballo de batalla de la Reforma: desmontar el andamiaje que se había levantado en el seno de la Iglesia como consecuencia de la progresiva trasformación sufrida al asumir prácticas, ritos y costumbres procedentes la mayoría de ellas de otras culturas religiosas, elevándolos al rango de dogmas.
Por nuestra parte, prestaremos atención a las fuentes de revelación y de autoridad que forman parte del bagaje doctrinal de la Iglesia cristiana.
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Reforma y Concilio de Trento
La Reforma fue un proceso que dio comienzo en el año 1517 y que, aparte de diferentes reacciones de la sociedad contemporánea, produjo una transformación inmediata del ámbito geográfico-cultural que quedó bajo influencia protestante; un cambio que se dejó sentir tanto en el orden religioso como en el económico y social.
Por parte de la Iglesia de Roma, fue inmediatamente convocado un concilio de reacción a la Reforma, el Concilio de Trento, celebrado entre 1545 y 1563, denominado por la propia Iglesia de Roma como ecuménico, título incorrecto, ya que ecuménicos, es decir, universales, si fueron aquellos siete primeros concilios a los que concurrió la totalidad de la Iglesia, es decir, sus cinco patriarcados: Constantinopla, Alejandría, Antioquía Jerusalén y Roma, oriente y occidente. Dicho de otra forma, a esos concilios concurrió el conjunto de la cristiandad histórica, mientras que, en el caso de Trento, para ser considerado ecuménico, habría sido preciso incorporar al conjunto de iglesias ortodoxas orientales y a las surgidas como consecuencia de la Reforma protestante, algo que no sucedió.
Universales, si fueron aquellos siete primeros concilios a los que concurrió la totalidad de la Iglesia, es decir, sus cinco patriarcados: Constantinopla, Alejandría, Antioquía Jerusalén y Roma, oriente y occidente.
Dadas las múltiples reformas y acuerdos que en ese concilio se adoptaron, en la práctica, el Concilio de Trento se constituyó en el concilio fundante de la Iglesia Católica Romana, aunque la propia iglesia no lo registre en esos términos. Efectivamente, son muchos, diversos y trascendentes, los acuerdos que se adoptaron en ese concilio, de los que tan solo vamos a hacer referencia a dos: el canon del Nuevo Testamento y el acuerdo sobre las fuentes de revelación y autoridad en la Iglesia.
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Contenidos de esta reflexión “Tradición vs. Sola Scriptura”:
I.- Reforma y Concilio de Trento
II.-Fuentes de revelación y autoridad
III.- Edad Media
IV.- Reflexiones en torno a la Tradición
Conclusión




