(Máximo García Ruiz, 24/06/2026) | En lo que hace referencia al canon del Nuevo Testamento, si bien a lo largo de los dieciséis siglos transcurridos hasta entonces, no faltaron listas de los libros considerados canónicos por inspirados, tanto en algunos concilios como propuestos por diferentes padres de la Iglesia, lo cierto es que hasta esa fecha no se había pronunciado sobre el tema, de forma taxativa, ningún concilio, a semejanza de lo que había ocurrido en el año 90 d.C. en Jamnia, protagonizado por un concilio de rabinos judíos, con respecto a la Torá o Antiguo Testamento, algo asumido tácitamente por los concilios cristianos. Trento fijó como inspirados los 27 libros que integran el Nuevo Testamento, algo que por otra parte era ya asumido por la totalidad de la Iglesia universal.
En lo que tiene que ver con las fuentes de revelación y autoridad de la Iglesia, frente al “sola Scriptura” de la Reforma, el concilio de Trento reacciona y establece una trilogía: Sagradas Escrituras (se decanta por el canon alejandrino, que incluye los libros apócrifos o deuterocanónicos) y Tradición por una parte (la enseñanza transmitida oralmente de una a otra generación, inicialmente por medio de los apóstoles, como fuentes de revelación), añadiendo a estas dos fuentes de revelación como fuente de autoridad necesaria para la interpretación de las Escrituras, el Magisterio eclesiástico en función de la jerarquía existente: obispos, cardenales y Papa.
En la práctica, las Sagradas Escrituras pronto quedaron subordinadas a lo que procedía de la tradición y, sobre todo, a causa de la preeminencia del magisterio eclesial, siendo posteriormente elevado el rango del magisterio (Concilio Vaticano I), cuando las sentencias eran dictadas por el Papa al rango de sentencias infalibles. Es cierto, por otra parte, que la relevancia y preeminencia de las Sagradas Escrituras sería posteriormente reivindicada y restaurada en buena parte en el Concilio Vaticano II, dando a la Biblia un mayor protagonismo.
Cada una de esas tres fuentes merecen su propia reflexión, si bien por nuestra parte, en esta ocasión, nos detendremos únicamente en lo que atañe a la Tradición en consideración al papel preponderante que ha venido desarrollando en la Iglesia cristiana en general desde sus orígenes y en la Iglesia de Roma en particular.
Ya en el Concilio de Nicea (año 325 d.C.) los padres conciliares tuvieron muy presente los acontecimientos y prácticas doctrinales que habían ido definiendo la fe cristiana desde la época apostólica. En Nicea se adoptaron acuerdos sobre doctrina, especialmente en torno al arrianismo, cuya práctica teológica había alcanzado un gran protagonismo, siendo declarado finalmente como herejía en dicho concilio.
También se adoptaron medidas sobre otros dogmas o prácticas doctrinales como la comunión o eucaristía, tomando como referencia lo que la costumbre o tradición había ido incorporando como práctica habitual.
Efectivamente, fueron tenidas en consideración las diferentes posturas que habían venido adoptándose por las s iglesias que formaban entonces la cristiandad; posturas, prácticas o costumbres que formaban ya una tradición respetable, aunque no siempre comunes a los diferentes patriarcados. Los acuerdos adoptados en Nicea se convirtieron en norma de obligado cumplimiento, bajo la autoridad que aportaba al concilio el propio emperador, convocante y garante de ese y posteriores concilios ecuménicos.
Esa sería la tónica que siguieron los concilios ecuménicos celebrados a partir de Nicea, hasta siete en total, elevando a la categoría de norma, doctrina o dogma lo que el paso del tiempo, es decir, la tradición, había consagrado como expresión de la voluntad divina. La relevancia de lo acordado en ese largo período conciliar, es que contaba con la anuencia y la autoridad que le otorgaba representar a toda la Iglesia, es decir, a los cinco patriarcados que la formaban, dando por sentado que estaban siendo guiados por el Espíritu Santo.
En todo ese proceso, la Iglesia de Roma representa únicamente al patriarcado de Roma, es decir, al cristianismo occidental, y no a los otros cuatro patriarcados que, a la sazón, aglutinaban, en ese tiempo, a la Iglesia mayoritaria, formando el bloque de iglesias conocidas como iglesias ortodoxas, en cuyo territorio fueron celebrados esos concilios bajo la convocatoria y autoridad del emperador.
****
Contenidos de esta reflexión “Tradición vs. Sola Scriptura”:
I.- Reforma y Concilio de Trento
II.-Fuentes de revelación y autoridad
III.- Edad Media
IV. Reflexiones entorno a la Tradición
Conclusión




