ARAG脫N / LIBERTAD RELIGIOSA

FEREDE recurrir谩 ante el Tribunal Superior de Justicia de Arag贸n la prohibici贸n de cantar en los cultos presenciales

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Ante la falta de respuestas por parte del Gobierno de Arag贸n a las cartas de FEREDE y mientras el Defensor del Pueblo se pronuncia sobre su denuncia, la Federaci贸n evang茅lica interpondr谩 un recurso contencioso-administrativo ante el TSJA

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Palacio de los Condes de Luna, sede del Tribunal Superior de Justicia de Arag贸n

(Redacci贸n, 14/05/2021) La Federaci贸n de Entidades Religiosas Evang茅licas de Espa帽a (FEREDE), en colaboraci贸n con el Consejo Evang茅lico de Arag贸n, interpondr谩 un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Arag贸n contra las normas del gobierno regional que impiden cantar en los lugares de culto.

FEREDE considera que esta medida no estuvo justificada en ning煤n momento, y prueba de ello es que en el resto de las comunidades aut贸nomas se puede cantar en las iglesias y no se ha producido ning煤n brote o contagio asociado a ello, que se conozca. 鈥淎dem谩s de injustificada, la medida es discriminatoria, ya que s铆 se permite cantar en las academias de canto, en auditorios, teatros y otras actividades. Por si esto fuera poco, su duraci贸n desproporcionada tampoco est谩 justificada鈥, dice FEREDE, que recuerda que 鈥渓a libertad religiosa y de culto es un derecho fundamental que no puede restringirse si no es de forma excepcional y muy justificada鈥.

Por tal motivo FEREDE dirigi贸 dos cartas al Gobierno de Arag贸n, pero ninguna de ellas tuvo respuesta. En consecuencia, FEREDE denunci贸 los hechos al Defensor del Pueblo, quien a煤n no se ha pronunciado sobre el particular.

DOS NORMAS PARA MANTENER LA PROHIBICI脫N TRAS EL ESTADO DE ALARMA

La v铆spera del fin del estado de alarma, el Gobierno regional promulg贸 dos normas que modulan las restricciones aprobadas por la Ley 3/2020 de 3 de diciembre, manteniendo la prohibici贸n de cantar. Estas son el DECRETO-LEY 2/2021, de 7 de mayo, del Gobierno de Arag贸n, por el que se modifica la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el r茅gimen jur铆dico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Arag贸n; y la ORDEN SAN/452/2021, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo, de declaraci贸n de nivel de alerta sanitaria 3 ordinario y modulaci贸n de medidas aplicables en el territorio de la Comunidad Aut贸noma de Arag贸n.


鈥淎 nuestro juicio, en diciembre no estaba justificada la limitaci贸n del derecho fundamental de libertad religiosa. Ahora 鈥 dice FEREDE- lo est谩 a煤n menos; por la vacunaci贸n, por los meses que lleva durando esta prohibici贸n, porque en ninguna CCAA se ha impuesto esta restricci贸n y porque en el resto de las actividades s铆 est谩 permitido cantar, sin que se haya justificado de ninguna manera por qu茅 es necesario prohibir cantar en los lugares de culto鈥.

TAMBI脡N EN LA RIOJA

El Gobierno de La Rioja tambi茅n ha adoptado en las 煤ltimas semanas una serie de medidas sanitarias preventivas establecidas pare el 鈥渘ivel de riesgo 3鈥, en las que se restringe el ejercicio del culto de forma desproporcionada en comparaci贸n con otras actividades an谩logas.

Por ejemplo, se reduce el aforo m谩ximo en los lugares de culto al 33% mientras casi todas las dem谩s actividades y establecimientos tienen un aforo al 50% (entre ellos, las zonas interiores de los establecimientos de hosteler铆a, hoteles, hogares del jubilado, centros de ocio juvenil, congresos y conferencias, zonas interiores de instalaciones y centros deportivos, bibliotecas, cines y teatros), estableci茅ndose incluso un aforo superior -del 75%- para las academias de danza o baile y los locales comerciales.

Adem谩s, en los municipios riojanos donde se establece el 鈥渘ivel de alerta 2鈥, la mayor铆a de los sectores de actividad mencionados anteriormente tienen limitado el aforo al 75%, mientras los lugares de culto est谩n al 50%.

Por esta raz贸n, y si esta situaci贸n no es revocada por la Justicia durante el fin de semana, FEREDE est谩 valorando, juntamente con el Consejo Evang茅lico Auton贸mico de La Rioja, escribir una carta a la presidenta y a la consejera de Salud y portavoz del Gobierno de la Comunidad de La Rioja, Concha Andreu y Sara Alba, respectivamente, para pedirles reconsideren esta situaci贸n, adoptando medidas que protejan a la salud de todos los ciudadanos pero que, a la vez, tengan el menor impacto posible en el derecho fundamental de libertad religiosa y culto.

Fuente: FEREDE / Redacci贸n: Actualidad Evang茅lica