TRAS RECABAR LA INFORMACI脫N SOLICITADA POR LA SEGURIDAD SOCIAL

FEREDE pide al Gobierno la pronta aprobaci贸n del RD que acabe con la discriminaci贸n de los pastores jubilados y sus viudas

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Tras varias semanas recopilando datos, en el primer trimestre de este a帽o 2018 la Federaci贸n ha recibido y enviado a la Administraci贸n la informaci贸n de la situaci贸n de 202 Pastores y 12 viudas de Pastores ya fallecidos.

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(Redacci贸n, Tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 2017 y, a petici贸n de la Seguridad Social, la Federaci贸n de Entidades Religiosas Evang茅licas de Espa帽a (FEREDE) ha contactado con sus iglesias para conocer con m谩s detalle los casos de los Pastores Evang茅licos que no pudieron cotizar antes de 1999.

El objetivo de estos datos es que puedan quedar incluidos en el Real Decreto que, seg煤n la Administraci贸n ha indicado a FEREDE, va a aprobarse pr贸ximamente.

Tras varias semanas recopilando datos, en el primer trimestre de este a帽o 2018 la Federaci贸n ha recibido la informaci贸n de la situaci贸n de 202 Pastores y 12 viudas de Pastores ya fallecidos.

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AN脕LISIS DE LOS DATOS

De los casos recibidos, el Servicio Jur铆dico de la Federaci贸n evang茅lica ha analizado hasta el momento la situaci贸n de 106 Pastores y 12 viudas. 鈥淓ste an谩lisis, que es un trabajo que est谩 requiriendo de bastante dedicaci贸n, es necesario para poder facilitar a la Seguridad Social la informaci贸n que nos ha sido solicitada鈥, explica FEREDE.

El 72,03% de los casos analizados (85 casos) ser铆an casos claros que deber铆an poder acogerse al futuro Real Decreto que pudiera aprobarse.

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En el caso de las 12 viudas, la informaci贸n recibida no es muy completa, puesto que se trata de personas muy mayores que no han podido remitir los detalles de la vida laboral de sus c贸nyuges ya fallecidos. Con respecto a estos casos, por tanto, no se ha podido hacer un an谩lisis exhaustivo.

En el 16,95% de los casos, FEREDE tiene dudas m谩s serias de que puedan acogerse al futuro Real Decreto por diferentes motivos (en algunos casos, porque algunos, cuando se jubilen, quiz谩s hayan llegado ya al 100% de la base reguladora de su pensi贸n).

Por 煤ltimo, el 11,02% de los casos quedar铆an excluidos, de entrada, de la posibilidad de acogerse a la normativa que pudiera aprobarse, en muchos de ellos por no existir ning煤n tipo de cotizaci贸n como ministro de culto tras el a帽o 1999.

Otro dato que pudiera resultar de inter茅s es que 9 Pastores de los analizados han trabajado para la Administraci贸n, como funcionarios o como contratados laborales, en alguna etapa de sus vidas, por lo que 鈥渉abr谩 que tener esto en consideraci贸n鈥, indica FEREDE.

PODR脥AN SER M脕S

Al margen de los datos ya facilitados, FEREDE recibi贸 datos de Pastores en a帽os anteriores (1995, 2005 y 2012), muchos de los cuales no han contestado a la 煤ltima consulta del a帽o 2018.

鈥淒esconocemos el motivo por el cual no han remitido sus datos en esa ocasi贸n, pero suponemos que en algunos casos ser谩 por fallecimiento, en otros, por desconocimiento o quiz谩s por falta de expectativa en que se ponga fin a la situaci贸n de discriminaci贸n que llevan tiempo sufriendo鈥, explica FEREDE.

En total, teniendo en cuenta todos los casos descritos, FEREDE cuenta a d铆a de hoy con una Base de datos que recoge informaci贸n de un total de 376 Pastores y 23 viudas, que pudieran ser beneficiarios del futuro Real Decreto que sea aprobado.

SOLICITUD DE REAL DECRETO URGENTE

La Federaci贸n evang茅lica ha solicitado adem谩s al Gobierno que, con car谩cter urgente, sea aprobado el Real Decreto que ponga fin a la discriminaci贸n que han sufrido los Pastores Evang茅licos por no poder cotizar a la Seguridad Social antes de 1999.

FEREDE ha solicitado (鈥) al Gobierno聽que, con car谩cter urgente, sea aprobado el Real Decreto que ponga fin a la discriminaci贸n聽que han sufrido los Pastores Evang茅licos por no poder cotizar a la Seguridad Social antes de 1999.

Con los datos facilitados, considera FEREDE que la Administraci贸n tiene datos concretos para elaborar la memoria econ贸mica correspondiente y para conocer el colectivo afectado por la futura norma.

鈥淓l Real Decreto que se elabore, para dar cumplimiento a la Sentencia del TEDH de 3 de abril de 2012 y a la Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de noviembre de 2017鈥, a帽ade FEREDE, 鈥渄ebe permitir el reconocimiento como cotizados de los per铆odos de ministerio de los Pastores evang茅licos anteriores a 1999, con el mismo alcance con el que se permiti贸 para el clero diocesano y los sacerdotes y religiosos o religiosas secularizados de la Iglesia Cat贸lica鈥.

El contenido del nuevo redactado del Real Decreto deber铆a ajustarse a las indicaciones que el mismo Tribunal Supremo ha realizado en su reciente Sentencia de 2017, y que coinciden con las peticiones contenidas en el informe que FEREDE present贸 en la Direcci贸n General de Cooperaci贸n Jur铆dica Internacional y Relaciones con las Confesiones el d铆a 4 de julio de 2012鈥.

Fuente: FEREDE / Redacci贸n: Actualidad Evang茅lica

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