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El Gobierno aprueba dos reales decretos que afectan a las entidades religiosas

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Se modifican las normativas que regulan la declaración de “notorio arraigo” y el Registro de Entidades Religiosas

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El presidente Mariano Rajoy, reunido con sus Ministros

(MADRID, 03/07/2015) El Consejo de Ministros, reunido esta mañana, ha aprobado dos reales decretos que afectan a las iglesias y entidades religiosas.

Uno de ellos, relacionado con el reconocimiento de “notorio arraigo”, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El otro, que regula el Registro de las Entidades Religiosas, lo hará a los tres meses de su publicación en el BOE.

REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS.

Este real decreto tiene por objeto regular el Registro de Entidades Religiosas, creado de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 7/ 1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, las entidades y actos susceptibles de inscripción, los procedimientos de inscripción y los efectos jurídicos derivados de la misma. El Registro de Entidades Religiosas radicará en el Ministerio de Justicia con carácter de registro general y público.

Esta normativa sufre tras este RD un buen número de mejoras y cambios, algunas de las cuales afectan no solo a las entidades que vayan a inscribirse en el futuro, sino a las que ya están inscritas.

REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA DECLARACIÓN DE NOTORIO ARRAIGO DE LAS CONFESIONES RELIGIOSAS EN ESPAÑA.

Este real decreto tiene por objeto regular el procedimiento para la declaración de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España, de conformidad con el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa. Asimismo regula el procedimiento por el cual puede perderse la declaración de notorio arraigo por modificación sustancial de las circunstancias requeridas para la obtención de la misma.

En este caso, también se incorporan una serie de modificaciones que afectan a las confesiones que ya tienen reconocido el notorio arraigo.

En los próximos días, el Servicio Jurídico de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) analizará a fondo ambas normativas e informará a sus iglesias y entidades miembro de todos los cambios que pudieran afectar a las mismas.

Fuente: Actualidad Evangélica