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LIBERTAD RELIGIOSA / UN PASO ADELANTE

El Ayuntamiento de Lloret del Mar reconoce que multar el reparto de folletos religiosos en la calle coarta la libertad religiosa y rectifica

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En una resolución categórica que sienta precedente, el Consistorio catalán da la razón a FEREDE en su recurso de reposición y ordena devolver el importe de la multa a la iglesia sancionada.

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(FEREDE, 13/07/2016) Los lectores de Actualidad Evangélica recordarán el caso. En el mes de agosto del 2015, la Iglesia Evangélica Centre Cristia Evangelic, entidad perteneciente a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), organizó una reunión pública con fines religiosos con el objetivo de difundir los valores cristianos evangélicos entre los jóvenes y reivindicar las creencias religiosas protestantes de esta entidad a los que estuvieran interesados en conocerlas. Esta reunión fue debidamente comunicada a la Subdelegación de Gobierno en Girona el día 6 de julio en ejercicio del derecho de reunión y manifestación y del derecho de libertad religiosa.

El acto organizado se desarrolló de una manera muy sencilla. Un grupo de jóvenes se encontraban en una plaza del municipio, sin generar ningún tipo de ruido ni molestia, sin obstaculizar el paso de ningún viandante, y compartiendo las razones de su fe cristiana con aquellas personas que querían entablar una conversación al efecto. Con aquellas personas que se mostraban interesadas se mantenía una conversación y si lo deseaban se les hacía entrega de un folleto titulado “Carta de amor de Dios”.

Conocidos los hechos, el Servicio Jurídico de FEREDE presentó un recurso de interposición contra la sanción, de fecha 5 de abril de 2016, a la vez que escribió al Ayuntamiento y puso en conocimiento de los hechos a la Dirección General de Asuntos Religiosos del Gobierno de Cataluña (Direcció General D´Afers Religiosos de la Generalitat de Catalunya...

Ningún incidente ni altercado se produjo, todo lo realizado fue de contenido estrictamente religioso, un acto sencillo de divulgación de la fe evangélica, realizado de manera cuidadosa y respetuosa con los derechos de los demás.

250 EUROS POR REPARTO DE PUBLICIDAD DINÁMICA MANUAL

Sin embargo, estos hechos originaron la apertura de un expediente sancionador por parte del Ayuntamiento de Lloret del Mar, al considerar la entrega del folleto de contenido religioso como “reparto de publicidad dinámica manual”, pese a que en ningún momento se hizo un reparto masivo o indiscriminado de folletos, ni se esparcieron ni tiraron por la vía pública. Simplemente, se entregaron en mano a las personas interesadas.

Tras la comunicación de la sanción, y asesorada por FEREDE, la iglesia presentó alegaciones, pero estas fueron desestimadas por el Ayuntamiento, que acordó imponer una sanción económica de 250 euros “por la comisión de una infracción de la Ordenanza reguladora del uso de la vía pública de Lloret del Mar”.

Conocidos los hechos, el Servicio Jurídico de FEREDE presentó un recurso de interposición contra la sanción, de fecha 5 de abril de 2016, a la vez que escribió al Ayuntamiento y puso en conocimiento de los hechos a la Dirección General de Asuntos Religiosos del Gobierno de Cataluña (Direcció General D´Afers Religiosos de la Generalitat de Catalunya), al considerar la sanción una vulneración de varios derechos, como son el derecho a la libertad religiosa, derecho de manifestación y derecho a la libertad de expresión.

NO ES PUBLICIDAD…

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Concluisiones. "... No se pueden adoptar medidas coercitivas que puedan suponer un menoscabo de la libertad religiosa..."

“El reparto de un folleto de carácter religioso a una determinada persona en la vía pública no puede calificarse como de publicidad, ya que no existe ni ha existido ningún tipo de ánimo de lucro, ni se ejerce por parte de la Iglesia ninguna actividad comercial, industrial, profesional, etc., ni se pretende promover la contratación de ningún bien o servicio. Por el contrario, se trata de un acto que forma parte del derecho de libertad religiosa, de libertad de expresión y del derecho de manifestación con fines religiosos que estaba ejerciendo la Iglesia evangélica afectada, que no puede ser prohibido ni sancionado, salvo que existan razones de orden público que así lo aconsejaran, y que en este caso no concurrieron”.

FEREDE también expresaba su preocupación por el hecho de que un Ayuntamiento decida sancionar a una entidad religiosa protestante simplemente por entregar a algunas personas un documento en el que se explica de una manera sencilla que el Dios de la Biblia es un Dios de amor y misericordia, remitiendo a la Biblia… “Nos traslada a otras épocas pasadas de intolerancia y prohibiciones que pensábamos estaban superadas”, lamentaba FEREDE.

Esa preocupación es la que llevó a la Federación protestante, a poner este asunto en conocimiento de la Direcció General D´Afers Religiosos de la Generalitat de Catalunya que, consecuentemente, tomó cartas en el asunto.

FINAL FELIZ

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Resolución favorable. El Ayuntamiento ordena devolver la multa y archivar el expediente sancionador

Felizmente, el Ayuntamiento de Lloret del Mar, después de estudiar el recurso de reposición de FEREDE ha rectificado y, en un extenso documento de 9 páginas en el que desarrolla una amplia argumentación con referencia a los principales documentos internacionales y del Estado español (Declaración Universal de los DDHH; Constitución española; Ley de Libertad Religiosa; etc.), resuelve que no procede la multa y ordena su devolución.

“El motivo de alegría es por la retirada de la multa, pero lo más importante es que reconocen que lo que hacía la iglesia suponía el ejercicio de un derecho fundamental, que no puede ser restringido por una ordenanza municipal, sino solo por una ley y por motivos de orden público”, explica Carolina Bueno, del Servicio Jurídico de FEREDE.

La abogada de FEREDE, que trabajó en el recurso de reposición, señala que “también promovimos la intervención de la Dirección General de Asuntos religiosos de Cataluña”, cuya intervención considera clave, “del Consejo Evangélico de Cataluña (CEC) y, desde la misma FEREDE, que también escribió al Ayuntamiento para pedirle que estimara el recurso presentado por la Iglesia. “Todo junto ha dado un buen resultado”, dice.

Fuente: Servicio Jurídico de FEREDE | Redacción: Actualidad Evangélica

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