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LIBERTAD RELIGIOSA

¿Corresponde que un Ayuntamiento multe a una iglesia por repartir en la calle folletos religiosos?

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FEREDE defiende que el reparto de folletos con información no comercial, sino estrictamente religiosa, está amparado por el derecho a la libertad religiosa, libertad de expresión y de manifestación.

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(FEREDE, 17/05/2016) En el mes de agosto del 2015, la Iglesia Evangélica Centre Cristia Evangelic, entidad perteneciente a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), organizó una reunión pública con fines religiosos con el objetivo de difundir los valores cristianos evangélicos entre los jóvenes y reivindicar las creencias religiosas protestantes de esta entidad a los que estuvieran interesados en conocerlas. Esta reunión fue debidamente comunicada a la Subdelegación de Gobierno en Girona el día 6 de julio en ejercicio del derecho de reunión y manifestación y del derecho de libertad religiosa.

El acto organizado se desarrolló de una manera muy sencilla. Un grupo de jóvenes se encontraban en una plaza del municipio, sin generar ningún tipo de ruido ni molestia, sin obstaculizar el paso de ningún viandante, y compartiendo las razones de su fe cristiana con aquellas personas que querían entablar una conversación al efecto. Con aquellas personas que se mostraban interesadas se mantenía una conversación y si lo deseaban se les hacía entrega de un folleto titulado “Carta de amor de Dios”.

Ningún incidente ni altercado se produjo, todo lo realizado fue de contenido estrictamente religioso, un acto sencillo de divulgación de la fe evangélica, realizado de manera cuidadosa y respetuosa con los derechos de los demás.

250 EUROS POR REPARTO DE PUBLICIDAD DINÁMICA MANUAL

Sin embargo, estos hechos originaron la apertura de un expediente sancionador por parte del Ayuntamiento de Lloret del Mar, al considerar la entrega del folleto de contenido religioso como “reparto de publicidad dinámica manual”, pese a que en ningún momento se hizo un reparto masivo o indiscriminado de folletos, ni se esparcieron ni tiraron por la vía pública. Simplemente, se entregaron en mano a las personas interesadas.

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Tras la comunicación de la sanción, y asesorada por FEREDE, la iglesia presentó alegaciones, pero estas fueron desestimadas por el Ayuntamiento, que acordó imponer una sanción económica de 250 euros “por la comisión de una infracción de la Ordenanza reguladora del uso de la vía pública de Lloret del Mar”.

Conocidos los hechos, el Servicio Jurídico de FEREDE presentó un recurso de interposición contra la sanción, de fecha 5 de abril de 2016, a la vez que escribió al Ayuntamiento y puso en conocimiento de los hechos a la Dirección General de Asuntos Religiosos del Gobierno de Cataluña (Direcció General D´Afers Religiosos de la Generalitat de Catalunya.), al considerar la sanción una vulneración de varios derechos, como son el derecho a la libertad religiosa, derecho de manifestación y derecho a la libertad de expresión.

“El reparto de un folleto de carácter religioso a una determinada persona en la vía pública no puede calificarse como de publicidad, ya que no existe ni ha existido ningún tipo de ánimo de lucro, ni se ejerce por parte de la Iglesia ninguna actividad comercial, industrial, profesional, etc., ni se pretende promover la contratación de ningún bien o servicio. Por el contrario, se trata de un acto que forma parte del derecho de libertad religiosa, de libertad de expresión y del derecho de manifestación con fines religiosos que estaba ejerciendo la Iglesia evangélica afectada, que no puede ser prohibido ni sancionado, salvo que existan razones de orden público que así lo aconsejaran, y que en este caso no concurrieron”.

FEREDE también expresa su preocupación por el hecho de que un Ayuntamiento decida sancionar a una entidad religiosa protestante simplemente por entregar a algunas personas un documento en el que se explica de una manera sencilla que el Dios de la Biblia es un Dios de amor y misericordia, remitiendo a la Biblia… “Nos traslada a otras épocas pasadas de intolerancia y prohibiciones que pensábamos estaban superadas”, lamenta FEREDE.

Esa preocupación es la que lleva a la Federación protestante, a haber puesto este asunto en conocimiento de la Direcció General D´Afers Religiosos de la Generalitat de Catalunya que, según informa FEREDE, ya ha tomado cartas en el asunto.

Fuente: Servicio Jurídico de FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica

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