COMUNICADO
La Federación evangélica argumenta que no hay motivos jurídicos para la derogación del artículo 525 del Código Penal y que, igual que se protegen otros grupos e ideas, deben protegerse las creencias y los sentimientos religiosos de los ciudadanos.
(Redacción, 09/10/2024) La Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) acaba de hacer público un comunicado en el que responde al anuncio del Gobierno realizado hace unos días, de modificar o derogar el artículo 525 del Código Penal para despenalizar los delitos de odio contra los sentimientos religiosos.
En su comunicado, que reproducimos a continuación, FEREDE expresa su “preocupación y estupefacción” por el anuncio. Señala, entre otras cuestiones, que no pueden invocarse referentes jurídicos europeos que no tienen nada que ver con el tema de los sentimientos religiosos para justificar la medida.
Pide FEREDE que no se derogue el artículo 525 del Código Penal y que por el contrario, “de la misma manera que se protegen otros grupos e ideas, se protejan también las creencias y los sentimientos religiosos de las personas, especialmente con respecto a las ofensas y a las vejaciones más graves”.
Además, la Federación evangélica solicita que “se nos tenga en cuenta y se consulte y valore nuestra opinión en la elaboración de leyes o en la toma de decisiones que afecten directamente al derecho fundamental de libertad religiosa”, igual que debería ser consultada la Comisión Asesora de Libertad Religiosa.
Asimismo, pide FEREDE pide que “el Gobierno y las distintas Administraciones Públicas trabajen en todos los ámbitos (educativo, medios de comunicación...) para promover de distintas maneras el respeto a las creencias y sentimientos religiosos de todos los ciudadanos (también de los que no profesan ninguna fe)”.
Puede leer el comunicado completo a continuación. También puede descargarlo en formato PDF pinchando AQUÍ.
Miércoles 9 de octubre de 2024.-
COMUNICADO SOBRE EL ANUNCIO DE LA DEROGACIÓN DE LOS DELITOS CONTRA LOS SENTIMIENTOS Y CREENCIAS RELIGIOSAS
Tras el anuncio realizado por el Gobierno de la próxima y sorpresiva derogación del delito contra los sentimientos religiosos, desde FEREDE deseamos manifestar nuestra preocupación y estupefacción por la medida anunciada, que supondría dejar las creencias y los sentimientos religiosos de los creyentes más desprotegidos frente a las más graves manifestaciones y agresiones contra los mismos. Lamentamos también que esta derogación haya sido incluida entre una serie de medidas cuyo objetivo es la regeneración democrática de nuestro país, ya que poco tiene que ver, a nuestro juicio, dicha regeneración con la eliminación de la protección de las creencias y sentimientos religiosos.
Contemplamos con tristeza cuando se producen ofensas y las vejaciones contra los sentimientos y creencias religiosas. Estas burlas y escarnios públicos de los referentes más sagrados de la fe religiosa de millones de personas se suelen producir con impunidad y con una preocupante tolerancia social, por lo que entendemos está justificada la protección existente en la actualidad y la necesidad del trabajo a favor del diálogo, del respeto, la tolerancia y la integración para una convivencia en paz.
La libertad religiosa es un derecho humano básico con una importancia de primer orden, y nuestra democracia debe sentirse orgullosa de defenderlo, protegerlo y no devaluarlo, como se está proponiendo. La posible derogación del artículo 525 del Código Penal se fundamenta en la protección del derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, este derecho no es absoluto y no puede imponerse al de libertad religiosa en todos los casos. El conflicto entre derechos fundamentales es frecuente y lo adecuado es que se resuelva por los tribunales de justicia, siguiendo los criterios establecidos por la amplia jurisprudencia nacional e internacional existente.
Es llamativo que la derogación del delito se ha fundamentado[1] en tres sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos[2] en las que España era condenada por no defender suficientemente el derecho a la libertad de expresión. Ninguna de estas condenas estaba relacionadas con el delito contra los sentimientos religiosos, por lo que no justifican su derogación.
Recordamos al Gobierno de España que hay una Sentencia de este mismo Tribunal Europeo de fecha 3 de abril de 2012, que condenó a nuestro país por discriminar a los pastores evangélicos por motivos religiosos al no permitirles cotizar a la Seguridad Social. Esta Sentencia aún no ha sido ejecutada, a pesar de haber sido confirmada en el año 2017 por nuestro Tribunal Supremo[3], manteniéndose desde entonces la grave discriminación existente. Consideramos que antes de preocuparse por hipotéticas futuras condenas contra los eventuales infractores del artículo 525, el Gobierno debería preocuparse por ejecutar las sentencias condenatorias ya dictadas contra España y por corregir las discriminaciones existentes en el presente, en cumplimiento de nuestra Constitución.
Teniendo en cuenta lo anterior, en coherencia con la historia de lucha y defensa de la libertad religiosa y la libertad de pensamiento y creencias de todos los ciudadanos que siempre ha desarrollado el pueblo evangélico y protestante, esta Federación solicita:
1) Que, de la misma manera que se protegen otros grupos e ideas, se protejan también las creencias y los sentimientos religiosos de las personas, especialmente con respecto a las ofensas y a las vejaciones más graves, manteniendo la vigencia del artículo 525 del Código Penal.
2) Que en virtud de las buenas relaciones de respeto y cooperación que esta Federación viene manteniendo desde hace mucho tiempo con el Estado y con el Gobierno español, se nos tenga en cuenta y se consulte y valore nuestra opinión en la elaboración de leyes o en la toma de decisiones que afecten directamente al derecho fundamental de libertad religiosa y al bienestar de las personas creyentes. De la misma manera, debería ser consultada también la opinión de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, que es el órgano experto consultivo del Gobierno en esta materia.
3) Que el Gobierno y las distintas Administraciones Públicas trabajen en todos los ámbitos (educativo, medios de comunicación...) para promover de distintas maneras el respeto a las creencias y sentimientos religiosos de todos los ciudadanos (también de los que no profesan ninguna fe), para que se desarrolle una conciencia y sensibilidad social compartida de respeto hacia los demás y de reconocimiento mutuo para promover una convivencia pacífica y democrática en paz.
Por nuestra parte, como pueblo evangélico, seguiremos luchando por la libertad religiosa, libertad de creencias y de pensamiento de todos, como siempre hemos hecho, y seguiremos trabajando en nuestro compromiso con el bienestar común, y en nuestra contribución con las causas de la libertad religiosa, la justicia, la paz, la integración y la convivencia.
Esteban Muñoz de Morales Mohedano Carolina Bueno Calvo
Presidente Secretaria Ejecutiva
*** Notas
[1] En la rueda de prensa del pasado 17 de septiembre de 2024.
[2] Concretamente, en las STEDH de 8 de junio de 2023, STEDH de 15 de marzo de 2011 y STEDH de 13 de marzo de 2018.
[3] Mediante la STS 1712/2017 de 13 de noviembre.
Fuente: FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica