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ARAGÓN / LIBERTAD RELIGIOSA

FEREDE recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón la prohibición de cantar en los cultos presenciales

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Ante la falta de respuestas por parte del Gobierno de Aragón a las cartas de FEREDE y mientras el Defensor del Pueblo se pronuncia sobre su denuncia, la Federación evangélica interpondrá un recurso contencioso-administrativo ante el TSJA

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Palacio de los Condes de Luna, sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón

(Redacción, 14/05/2021) La Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), en colaboración con el Consejo Evangélico de Aragón, interpondrá un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón contra las normas del gobierno regional que impiden cantar en los lugares de culto.

FEREDE considera que esta medida no estuvo justificada en ningún momento, y prueba de ello es que en el resto de las comunidades autónomas se puede cantar en las iglesias y no se ha producido ningún brote o contagio asociado a ello, que se conozca. “Además de injustificada, la medida es discriminatoria, ya que sí se permite cantar en las academias de canto, en auditorios, teatros y otras actividades. Por si esto fuera poco, su duración desproporcionada tampoco está justificada”, dice FEREDE, que recuerda que “la libertad religiosa y de culto es un derecho fundamental que no puede restringirse si no es de forma excepcional y muy justificada”.

Por tal motivo FEREDE dirigió dos cartas al Gobierno de Aragón, pero ninguna de ellas tuvo respuesta. En consecuencia, FEREDE denunció los hechos al Defensor del Pueblo, quien aún no se ha pronunciado sobre el particular.

DOS NORMAS PARA MANTENER LA PROHIBICIÓN TRAS EL ESTADO DE ALARMA

La víspera del fin del estado de alarma, el Gobierno regional promulgó dos normas que modulan las restricciones aprobadas por la Ley 3/2020 de 3 de diciembre, manteniendo la prohibición de cantar. Estas son el DECRETO-LEY 2/2021, de 7 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón; y la ORDEN SAN/452/2021, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo, de declaración de nivel de alerta sanitaria 3 ordinario y modulación de medidas aplicables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.


“A nuestro juicio, en diciembre no estaba justificada la limitación del derecho fundamental de libertad religiosa. Ahora – dice FEREDE- lo está aún menos; por la vacunación, por los meses que lleva durando esta prohibición, porque en ninguna CCAA se ha impuesto esta restricción y porque en el resto de las actividades sí está permitido cantar, sin que se haya justificado de ninguna manera por qué es necesario prohibir cantar en los lugares de culto”.

TAMBIÉN EN LA RIOJA

El Gobierno de La Rioja también ha adoptado en las últimas semanas una serie de medidas sanitarias preventivas establecidas pare el “nivel de riesgo 3”, en las que se restringe el ejercicio del culto de forma desproporcionada en comparación con otras actividades análogas.

Por ejemplo, se reduce el aforo máximo en los lugares de culto al 33% mientras casi todas las demás actividades y establecimientos tienen un aforo al 50% (entre ellos, las zonas interiores de los establecimientos de hostelería, hoteles, hogares del jubilado, centros de ocio juvenil, congresos y conferencias, zonas interiores de instalaciones y centros deportivos, bibliotecas, cines y teatros), estableciéndose incluso un aforo superior -del 75%- para las academias de danza o baile y los locales comerciales.

Además, en los municipios riojanos donde se establece el “nivel de alerta 2”, la mayoría de los sectores de actividad mencionados anteriormente tienen limitado el aforo al 75%, mientras los lugares de culto están al 50%.

Por esta razón, y si esta situación no es revocada por la Justicia durante el fin de semana, FEREDE está valorando, juntamente con el Consejo Evangélico Autonómico de La Rioja, escribir una carta a la presidenta y a la consejera de Salud y portavoz del Gobierno de la Comunidad de La Rioja, Concha Andreu y Sara Alba, respectivamente, para pedirles reconsideren esta situación, adoptando medidas que protejan a la salud de todos los ciudadanos pero que, a la vez, tengan el menor impacto posible en el derecho fundamental de libertad religiosa y culto.

Fuente: FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica

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