ferede logo_twitter logo_Facebook logo_yt ivoox logo_RSS
RECURRIÓ LA SANCIÓN ACONSEJADO POR EL SERVICIO JURÍDICO DE FEREDE

Guadalajara: archivan un expediente sancionador contra un fiel evangélico por presunto incumplimiento del estado de alarma

( 1 Voto )
a / A
Larger Font Smaller Font

Le habían impuesto una multa de 800€, pero recurrió la sanción por considerar que no estaba incumpliendo con las medidas decretadas por el Gobierno. La instructora del expediente le ha dado la razón y ha pedido el sobreseimiento y archivo del caso.

20200707 2

Fachada de la Subdelegación del Gobierno de Guadalajara, Castilla La Mancha

(Redacción, 07/07/2020) El pasado 20 de marzo, seis días después de la entrada en vigor del estado de alarma tras la publicación en el BOE del Real Decreto 464/2020 del 14 de marzo, E.R.L., miembro de la iglesia evangélica Trono de Gloria, de Guadalajara, se encontraba en el lugar de culto de la iglesia junto a otros cinco feligreses.

Los seis se encontraban allí para grabar un servicio religioso, que luego retransmitirían al resto de la congregación que se hallaba confinada en sus hogares, en estricto acatamiento de las medidas decretadas por el Gobierno de España y las autoridades sanitarias.

Pero entonces, se hizo presente una unidad de la Policía local de Guadalajara que, sin atender a las razones de los seis miembros de la iglesia, procedieron a denunciarles al entender que incumplían el artículo 7.1 del RD 463/2020 que prohibía los desplazamientos que no estuvieran debidamente justificados en virtud de una relación muy estricta de “causas justificadas” que dicho artículo señalaba (adquisición de alimentos, desplazamiento a centro sanitario, desplazamiento a lugar de trabajo, etc.).

Para el Servicio Jurídico de FEREDE este fallo podría sentar un precedente importante, no solo para los otros cinco denunciados, que también han recurrido pero que aún no han recibido respuesta a sus alegaciones, sino también para otras personas o iglesias que se hayan visto sancionadas por motivos semejantes.

La presunta infracción del estado de alarma, tal como se explicaba en la denuncia policial, era sancionable de acuerdo con el artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2015 con una multa de 601 a 30.000 euros. En virtud de los criterios de graduación que establece dicha Ley y la interpretación por parte de la Policía local de las circunstancias que concurrían en aquel presunto incumplimiento, la Subdelegación del Gobierno estableció una multa de 800€ para cada uno de los seis acusados.

Como ocurre con cualquier multa administrativa (por ejemplo, las de Tráfico), éstas podrían ser pagadas de forma voluntaria en el plazo correspondiente, renunciando a todo tipo de recurso, con una bonificación del 50%. De este modo las multas se quedaban en 400€ cada una.

Pero el evangélico E.R.L., asesorado por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas (FEREDE), se convenció de que ni él ni los demás fieles de su iglesia estaban incumpliendo el estado de alarma, todo lo contrario, por lo cual la sanción era injusta. Fue así que decidió poner el caso en manos del Servicio Jurídico de FEREDE y recurrir la sanción.

En sus alegaciones, el acusado defiende que el estado de alarma en ningún momento suspendió el derecho fundamental a la Libertad Religiosa, garantizado por la Constitución y la Ley de Libertad Religiosa 7/1980, como tampoco las celebraciones religiosas. Por el contrario, en el artículo 11 del RD 463/2020 del 14 de marzo, en el que se declara el estado de alarma, se indica que:

“La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro”.

Asimismo, recuerda que en el expediente de certificación consta el acuerdo tomado el 14 de marzo de 2020, en el que en su punto segundo se establece: “… dar continuidad a la actividad de la iglesia a través de internet y medios telemáticos, mediante la grabación y posterior retransmisión online de sus actos de culto…”, así como del certificado de acreditación de necesidad de desplazamiento del denunciado al lugar de culto.

Por estos y otros motivos que se alegan en el recurso formulado por FEREDE y presentado por E.R.L. ante la Subdelegación del Gobierno, se solicitaba el archivo del mismo.

Felizmente, las alegaciones fueron atendidas y resueltas a favor del acusado, lo que se le comunicó a través de una PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de fecha 12 de junio en el que la instructora propone a la Subdelegación del Gobierno el sobreseimiento y el archivo del expediente administrativo en cuestión.

Cabe señalar que la iglesia Trono de Gloria no es miembro de FEREDE, pese a lo cual, desde la Federación evangélica se ha prestado la asistencia necesaria y se ha valorado muy positivamente el fallo. “Nuestra Federación está siempre abierta a ayudar a las iglesias que lo soliciten, especialmente en casos como éste, en el que se pueden ver afectados los derechos fundamentales de una congregación”, dicen desde FEREDE.

No obstante, E.R.L. se ha mostrado feliz y agradecido por el apoyo recibido y la iglesia ha manifestado su intención de solicitar la membresía de FEREDE.

Para el Servicio Jurídico de FEREDE este fallo podría sentar un precedente importante, no solo para los otros cinco denunciados, que también han recurrido pero que aún no han recibido respuesta a sus alegaciones, sino también para otras personas o iglesias que se hayan visto sancionadas por motivos semejantes.

Fuente: FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica

Noticias de FEREDE

Ferede

News image
“PASTORES OLVIDADOS”. UN REPORTAJE DE BNTV

“Un Estado español que tiene que velar por el bienestar de sus ciudadanos está haciendo una dejación de funciones”

Dos pastores evangélicos, David Manzanas y Marcos Vidal, cuentan su experiencia y la de sus padres, a quienes el régimen ... [+]

Ferede

News image
COMUNIDAD VALENCIANA

FEREDE recurre ante el Tribunal Supremo una sentencia del TSJ de Valencia que avala las restricciones de la Generalitat a la contratación de maestros de ERE

La Consejería de Educación del gobierno valenciano incumple su compromiso de implantar de forma progresiva la ERE en la región, ... [+]

Ferede

News image
COMUNICADO

FEREDE se pronuncia sobre la denuncia a un pastor evangélico por explotación de menores migrantes

La Federación evangélica ha abierto un expediente informativo al pastor y dice estar atenta a la evolución de los acontecimientos ... [+]

Ferede

News image
FEREDE INFORMA

Una sentencia del Tribunal Supremo podría beneficiar a los misioneros evangélicos extranjeros que residen temporalmente en España

El TS acaba de anular un artículo del Reglamento de Extranjería que causaba la extinción del permiso de residencia temporal ... [+]

Ferede

News image
COMUNICADO

FEREDE lamenta la participación del Rey en el besapiés del Jesús de Medinaceli

La Federación evangélica considera que la Corona y todas las instituciones del Estado deben reflejar con sus actos la aconfesionalidad ... [+]

Ver + en: Ferede
  • Lo + Leído

  • Últimas Noticias

Newsletter AE
publicidad_banner
banner_mundoprotestante
banner_bntv
banner_radioencuentro