(Máximo García Ruiz, 09/04/2026) | Dispongamos de una mente absolutamente racional o, por el contrario, nuestra fe sea tan radical y excluyente que no deje espacio para la reflexión, en ambos casos, nuestro objetivo, difícil de cumplir, será distinguir entre lo divino y lo meramente humano, entre aquello que procede de Dios y lo que procede simplemente de los seres humanos.
Hay que admitir que, tanto en el Antiguo Testamento como en el Nuevo Testamento, nos encontramos con textos a los que asignarles una procedencia divina fruto de una marcada sensibilidad espiritual, encierra una gran dificultad. Los propios profetas de los siglos VII y VIII rehúsan por lo general atribuir sus profecías a una intervención del Espíritu, sin que concluyamos por ello que dejen de ser utilizados por el Espíritu Santo para autenticar sus profecías. Hablan de Dios en general, de la mano de Dios, de la palabra de Dios, pero no se declaran a sí mismos inspirados por Dios. Que lo sean es un hecho que admitimos a posteriori, a partir de determinadas definiciones asumidas por el judaísmo en algunos casos y, en otros, por declaraciones directamente aportadas por la Iglesia.
Esa especie de ausencia de una definición concluyente convive con el proceso de desarrollo de la Iglesia de los cuatro primeros siglos, hasta que los concilios ecuménicos se ocupan del tema, como veremos a continuación.
Tendremos que remontarnos al año 381, fecha de la celebración del Concilio I de Constantinopla, segundo de los concilios celebrados por el conjunto de los cinco patriados que formaban el cristianismo en esas fechas, es decir. Jerusalén, Antioquía, Alejandría, Roma y Constantinopla. Recordemos a este respecto que los concilios ecuménicos celebrados por el conjunto de patriarcados, fueron convocados por el emperador y celebrados en alguno de sus palacios. La autoridad civil la ejercía el emperador y la religiosa la ostentaban los cinco patriarcas de forma colectiva mediante el formato de concilio. Fuera de las sesiones conciliares, cada patriarcado mantenía su propia autonomía.
La unidad de propósito y toma de decisiones conjunta de la Iglesia cristiana a través de los concilios se mantiene, no sin dificultades, hasta el año 1054, cuando se produce el cisma Oriente-Occidente y Roma, en Occidente, se queda sola, frente al potencial que suponía por entonces la unión de los patriarcados de Alejandría, Antioquía y Constantinopla, formando en su conjunto la Iglesia ortodoxa, el sector más potente en esas fechas del cristianismo, al que se unía el patriarcado simbólico de Jerusalén, cuya aportación era más de tipo sentimental que teológica y numérica, debido a la diáspora que se produjo a raíz de la destrucción del templo, que desplazó a los creyentes oriundos de Palestina a poblaciones como Antioquía, Éfeso, Roma y otras poblaciones dentro del paraguas del imperio romano.
Pues bien, después de este necesario inciso histórico para para situar los hechos en su justo término, nos retrotraemos al año 381, la fecha en la que se celebra el I Concilio de Constantinopla, en el que se definió y declaró la divinidad del Espíritu Santo. Para ello fue preciso reajustar el Credo de Nicea, añadiendo la declaración de que el Espíritu Santo es consustancial, es decir, de la misma sustancia, con Dios Padre y Dios Hijo, afirmando, consecuentemente, su igualdad y divinidad. Como derivación de esa modificación, el concilio tuvo que plantearse la doctrina de la Trinidad definida en Nicea (325 d.C.), donde se había establecido la divinidad del Hijo, completando así la doctrina trinitaria.
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Contenido sobre el Espíritu Santo:
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