En dicha pregunta, Llamazares solicitaba al Gobierno respuesta escrita, sobre «el derecho de pensión de los pastores evangélicos y de otras minorías religiosas».
En principio, el plazo reglamentario ordinario para dicha respuesta sería de un mes pero, aunque la fecha de registro consta el 2 de agosto, el trámite no fue ‘calificado’ hasta el 4 de septiembre. En consecuencia, la fecha ‘tope’ que figura en el registro del Congreso es el día 13 de octubre de 2012.
También se señala, de forma expresa, que se pide la respuesta por escrito: “Pregunta al Gobierno con respuesta escrita”, reza el documento.
POR UN PROGRAMA EN ‘BUENAS NOTICIAS TV’
La iniciativa del diputado de IU se producía, como el propio diputado reconocía en una breve carta dirigida al secretario ejecutivo de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (Ferede), Mariano Blázquez Burgo, como reacción a un programa emitido en el espacio Buenas Noticias TV, titulado «España condenada por maltrato religioso», basado en la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) a favor del pastor evangélico Francisco Manzanas, a quien se le negó el derecho cotizar a la Seguridad Social, como a tantos otros pastores protestantes, por el solo hecho de serlo.
LA PREGUNTA CONCRETA
Tras una amplia introducción sobre la realidad discriminatoria que afecta a las minorías religiosas no católicas, Llamazares se refiere a la sentencia del TRDH sobre el caso del pastor evangélico «Francisco Manzanas», y enuncia su pregunta al Gobierno:
«¿Cuándo y cómo piensa el Gobierno extender a todos los ministros de culto y a sus viudas de todas las minorías religiosas el pleno derecho a la pensión de jubilación, tal y como lo ha reconocido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo en la reciente sentencia a favor de un pastor evangélico, en la que se condena a España por discriminación respecto de los sacerdotes católicos?«.
UNA DEMORA INJUSTIFICADA Y DISCRIMINATORIA
En su sentencia, el TEDH señala el hecho de que “el real decreto 2398/1977 que regula la Seguridad Social del clero integró de manera inmediata a los sacerdotes católicos y en 1999, 22 años después, a los evangélicos”. Entiende el Alto tribunal que “el legislador español ha tardado mucho en integrar a los pastores evangélicos al régimen de la Seguridad Social y reconocer su derecho a recibir las mismas prestaciones que los sacerdotes católicos». Esa demora se produce de forma claramente discriminatoria ya que, como indica la sentencia, «la diferencia de trato entre situaciones similares se basa únicamente en razones de confesión religiosa«.
¿Seguirá el Estado español discriminando a los pastores evangélicos jubilados tras esta contundente sentencia? El Gobierno de Mariano Rajoy tiene la respuesta y, pr




