La intervención del Ayuntamiento se produce -según informan los Servicios Jurídicos de Federación de Iglesias
La Iglesia expedientada es la Iglesia Cristiana
RECURSO DE FEREDE
Ferede ya ha presentado un RECURSO DE ALZADA, alegando, entre otros argumentos, que la Ley 20/2009 de control ambiental no le es de aplicación a los lugares de culto por no tratarse de una actividad que provoque impacto ambiental que pueda afectar al medio ambiente, la seguridad y la salud de las personas, por lo que se considera injustificado el cese de la actividad y la imposición de multas coercitivas.
Por otro lado, se recuerda a la autoridad municipal que la Ley de Lugares de Culto 16/2009, de 22 de julio, concede un plazo de cinco años –desde la entrada en vigor de su reglamento (que ocurrió en 2010)- para la adaptación de los lugares de culto a las normas básicas de seguridad que establece el reglamento.
Los responsables de la iglesia local se han dirigido a la Dirección General de Asuntos Religiosos de Cataluña, donde se les ha dicho que intentarán interceder y conseguir una moratoria para la ejecución de las medidas.
No obstante, el incidente es un nuevo botón de muestra de la situación que afecta a las iglesias evangélicas en Cataluña, en Madrid y en otras ciudades de España, en distinta medida. Situación que las instituciones representativas del protestantismo español están denunciando de forma reiterada desde hace tiempo y, de forma especial, en estos días, en torno a la celebración del Día de la Reforma Protestante.
Denuncias que han dado contenido al Manifiesto por la Libertad Religiosa en España, publicado por Ferede y divulgado a través de distintos actos públicos celebrados por las iglesias evangélicas de España, como el convocado para mañana, 5




