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POLÉMICA SENTENCIA DEL TEDH

La Comisión Española de Ayuda al Refugiado insiste en “la ilegalidad de las devoluciones en caliente”

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Para CEAR, que intervino como ‘tercera parte’ en la demanda junto a otras entidades, la sentencia es desalentadora.

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Devolución "en caliente" de un inmigrante que podría ser acreedor al derecho de Protección Internacional

(SOCIEDAD, 14/02/2020) “La sentencia conocida ayer por la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el caso de dos jóvenes expulsados de Melilla en 2014 no debe tomarse como un espaldarazo legal a las ‘devoluciones en caliente’”, advierte CEAR que, subraya, seguirá denunciando la ilegalidad de estas prácticas.

La organización señala que es de sobra conocido la imposibilidad de solicitar asilo en una embajada para ser trasladado a territorio español.

Para CEAR, que intervino como ‘tercera parte’ en la demanda junto a otras entidades, la sentencia es desalentadora. No obstante, no lo entendemos como un respaldo legal general a las expulsiones colectivas, sobre todo teniendo en cuenta que la Gran Sala justifica su decisión en que estas personas podrían haber solicitado asilo en el puesto fronterizo de Melilla, pese a que ninguna persona de origen subsahariano ha podido acceder a este puesto desde su creación.

La organización señala que es de sobra conocido la imposibilidad de solicitar asilo en una embajada para ser trasladado a territorio español. Desde que existe esta posibilidad en la Ley de Asilo solo ha sido aplicada en casos contados y muy excepcionales. "La falta de vías legales respecto a las personas merecedoras de protección internacional pasa en este momento por ponerse en manos de traficantes", denuncia Paloma Favieres, coodinadora estatal del Servicio Jurídico de CEAR.

“Por ello”, expresa CEAR, “confiamos en que el Tribunal Constitucional no deje en papel mojado la normativa internacional de asilo y establezca la incostitucionalidad de estas prácticas”.

Fuente: CEAR / Edición: Actualidad Evangélica

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