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INFORMACIÓN FISCAL MUY IMPORTANTE

FEREDE recomienda a sus iglesias y entidades que no olviden renovar su Certificado Digital

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Aquellas Iglesias que solicitaron el certificado digital hace dos años, deben proceder a su renovación.

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(FEREDE, 17/12/2015) En su momento, la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) informó de que, desde el año 2013 y con la entrada en vigor de la Orden del Ministerio de Hacienda y de las Administraciones Públicas  (Orden HAP/2194/2013) por la que se regulaban los procedimientos y condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, ciertas declaraciones fiscales tenían que ser presentadas mediante certificado digital de manera obligatoria.

Desde entonces, FEREDE ha asesorado a muchas entidades evangélicas para la obtención de su certificado digital, y se ha tramitado en todos estos casos el preceptivo certificado del Ministerio de Justicia y de representación legal que es preciso obtener previamente.

FEREDE recomienda ahora a sus iglesias y entidades miembro que verifiquen la fecha en la que solicitaron sus certificados digitales, pues éstos tienen una vigencia de dos años, transcurridos los cuales hay que renovarlos.

Muchas Iglesias lo solicitaron a comienzos del año 2013, por lo que de manera urgente tendrán que proceder en estos días a renovarlo, antes de que su certificado digital caduque.

CÓMO RENOVAR EL CERTIFICADO DIGITAL

20151217-1aLa renovación del certificado digital puede realizarse desde dos meses antes del vencimiento de la fecha del mismo, siempre y cuando no haya sido previamente revocado.

La renovación se realiza desde el mismo ordenador donde se tramitó y se instaló el certificado digital, accediendo a la página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, sección de certificados. No hace falta solicitar ningún certificado al Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia ni personarse en Hacienda para nada.

Tras concluir la renovación del certificado digital, es decir, una vez que se haya instalado en el ordenador esta renovación, debe eliminarse el certificado anterior.

VENCIDO EL PLAZO DE CADUCIDAD

En aquellos casos en los que el certificado haya agotado su vigencia, será necesario volver a realizar todo el proceso para solicitarlo de nuevo, es decir, descargar un nuevo código en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, solicitar la certificación de inscripción y representación legal al Ministerio de Justicia y presentar una nueva solicitud de certificado digital en la Agencia Tributaria. Durante este periodo de nueva tramitación, la entidad no podría realizar presentaciones ni comunicaciones que requieran el certificado digital como, por ejemplo, la declaración de donativos que hay que realizar en el mes de enero.

Es por ello que FEREDE recomienda la renovación de la certificación en plazo.

Fuente: Servicio Jurídico de FEREDE

Noticia relacionada:

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